La Acción de Tutela, consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política, es un mecanismo judicial autónomo, subsidiario y sumario, que nos permite a todos los habitantes del territorio nacional acceder a una herramienta para la protección inmediata de los derechos fundamentales, cuando estos resulten amenazados o vulnerados por las autoridades públicas, o incluso por particulares.
Debemos entender y conocer que la Acción de Tutela es:
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Un derecho de rango fundamental por cuanto es el hombre quien tiene la facultad de disponer de él, directamente o por intermedio de otra persona.
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Es una garantía fundamental al tener consagración constitucional.
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Es una acción, entendida como posibilidad de hacer o no algo, en este caso de defenderse, es decir de ejercerla o no.
Por lo anterior, es que este mecanismo constitucional, es el mejor instrumento que ofrece el orden jurídico universal a la protección y garantía de los derechos humanos, en tanto, al ser de fácil acceso, ha permitido que se avance el sistema de salud en favor de nuestras necesidades como ciudadanos.
Así se considere por algunos un uso exagerado de la acción de tutela, se debe al contrario, acudir a las nuevas tecnologías y a la creatividad, para poder innovar y porque no, marcar la diferencia, fidelizar, aproximarse más entre el sistema de salud y los pacientes, pues recordemos que, el hecho de estar enfermos, no perdemos nuestras capacidades como un actor estratégico del que puede aprender el sistema de salud actual, y que mejor que hacernos escuchar mediante la Acción de Tutela.
Nuestra plataforma, de fácil acceso, puede ayudarle a ser el conductor de su voz al sistema actual de salud.